Para solicitar la Beca MEC  2021-2022 para alumnos con Necesidad Específica de Apoyo Educativo del curso 2021-2022 lo primero que debemos tener en cuenta es el plazo de presentación que es hasta 30 de Septiembre de 2021.

Pasado este plazo sólo podrá presentarse en aquellos supuestos extraordinarios en los que se acredite documentalmente la aparición de la necesidad educativa especial con posterioridad al plazo. En este caso, la solicitud se entregará directamente en la unidad de becas correspondiente.

 Se convocan, para el curso 2021-2022 las siguientes ayudas individualizadas (Becas MEC 2021-2022):

a) Ayudas directas para los alumnos incluyendo a los afectados por TDAH (Trastorno por Déficit de Atención por Hiperactividad) que requieran por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta.

b) Subsidios por necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastorno grave de conducta para familias numerosas. También podrán ser beneficiarios de subsidios los alumnos afectados por TEA (Trastorno del espectro autista), pertenecientes a familias numerosas, no incluidos en el párrafo anterior.

c) Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.

Solo podrán beneficiarse de las mismas aquellos alumnos con TDAH que tengan una Valoración Psicopedagógica realizada por el equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación del centro escolar en la que se recoja que el alumno tiene Necesidades Específicas de Apoyo Educativo (N.E.A.E.). Además de otros requisitos recogidos en la convocatoria.


¿CÓMO SE PRESENTA LA BECA?

  1. Modelo de solicitud y documentación a presentar:

Para solicitar la Beca MEC  para alumnos con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo se debe entrar en la “Sede Electrónica del MEC“, en la siguiente dirección:

LINK A LA SEDE ELECTRÓNICA

becas nee 20181.- SI NO ESTÁ REGISTRADO

Si el solicitante no está registrado debido a que no se pidió beca en años anteriores, hay que entrar en  “Regístrese” y seguir las instrucciones.

Los menores de 14 años podrán registrarse con el documento identificativo del padre, madre o tutor legal.
Los mayores de 14 años, deben poseer DNI y registrarse con el mismo.

Es importante que los datos de contacto sean correctos (nombre, DNI, teléfono móvil, correo electrónico y contraseña), ya que se le enviará un mensaje para activar la cuenta.

2.- SI YA ESTÁ REGISTRADO

Una vez registrado (o bien si ya se estaba registrado de años anteriores) se accede con el DNI y contraseña y accedemos  al trámite pulsando en el botón que veremos en la parte superior:

Podemos ver la información general y Dar de alta la solicitud

Cumplimentaremos entonces todos los datos

  • HOJA 1:  datos personales del alumno, domicilio y datos bancarios y académicos. Si el alumnos tiene reconocida una discapacidad del 33% o superior marcaremos Sí en el apartado de “Discapacidad”
  • HOJA 2: iremos reflejando todos los miembros de la unidad familiar (padres, hermanos menores de 25 años o mayores con discapacidad, y los abuelos que justifiquen residencia en el domicilio) Si alguno fue autónomo o tuvo más del 50% de participación en una empresa nos solicitará que añadamos los ingresos brutos.
  • HOJA 3: datos de la familia numerosa, grado de minusvalía,…
  • HOJA 4:  autorización para que en el supuesto de que el padre, madre, o representante legal del alumno autoricen al director del centro en el que esté matriculado el alumno beneficiario para que éste último perciba la ayuda a través de la cuenta corriente de dicho centro. Además, podremos indicar todos los comentarios y observaciones que consideremos en este apartado.

Comprobaremos que todos los datos sean correctos y marcaremos ACEPTAR.

PRESENTACIÓN DE LA BECA

Una vez que hemos rellenado todos los datos, podemos completar el proceso si tenemos cualquiera de los certificados electrónicos que nos pide. Hay que adjuntar, además, toda la documentación escaneada que se nos haya requerido en formato pdf.

En el supuesto de que no se disponga de certificado electrónico, al cumplimentar la solicitud online se debe imprimir una copia de la misma en pdf y presentarla firmada junto con el resto de la documentación en el centro educativo donde vayan a realizar el curso 2021-2022 (siempre antes del 30 de septiembre)

Aquellos alumnos que no hubiesen obtenido reserva de plaza el curso 2021-2022 en un centro adecuado a sus necesidades, podrán presentar las solicitudes directamente en las direcciones provinciales del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

La respuesta del Ministerio a las solicitudes se realizará por medio de un SMS (si la familia autoriza un aviso a su teléfono móvil) o por correo electrónico.

Recordar que todas las situaciones específicas debe acreditarlas documentalmente al presentar la solicitud.

REQUISITOS PARA PRESENTAR LA BECA

El alumnado que presenta necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastorno grave de conducta podrá obtener las ayudas o subsidios cuando reúna los siguientes requisitos:

1. Presentar necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta siempre que dicha necesidad haya sido acreditada por alguna de las siguientes vías:

– certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma

– certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente

– certificado de discapacidad

2. Tener cumplidos dos años de edad a 31 de diciembre de 2020. Excepcionalmente, podrán concederse ayudas a alumnos menores de dos años siempre que los equipos correspondientes certifiquen la necesidad de escolarización más temprana por razón de las características de la discapacidad.

3. Estar escolarizado en centro específico, en unidad de educación especial de centro ordinario o en centro ordinario que escolarice alumnos que presentan necesidades educativas especiales, que hayan sido creados o autorizados definitivamente como tales por la administración educativa competente, en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.

4. Estar cursando alguno de los siguientes niveles educativos:
a) Educación Infantil.
b) Educación Primaria.
c) Educación Secundaria Obligatoria.
d) Bachillerato.
e) Ciclos formativos de grado medio y superior.
f) Enseñanzas artísticas profesionales.
g) Formación Profesional Básica
h) Programas de formación para la transición a la vida adulta.

5. Además para obtener el subsidio se requerirá ser miembro de familia numerosa de cualquier categoría, de acuerdo con la normativa vigente a fecha 31 de diciembre de 2019.

b) Las solicitudes que incluyan la petición de de la ayuda a «Reeducación pedagógica o del lenguaje» deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

1º Certificación expedida por el inspector de la zona en la que se acredite:

a)- La necesidad de recibir estos tratamientos por la inexistencia o insuficiencia de la atención pedagógica proporcionada por el centro en el que está escolarizado el alumno solicitante, para cuya valoración podrán servir de referencia las horas
consignadas en el informe del equipo de orientación que se menciona en el apartado

b)- La inviabilidad de matriculación del alumno solicitante en un centro que disponga del servicio de reeducación requerido.

2º.-Informe específico del equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación en el que se detalle la asistencia educativa y las horas semanales que se consideren necesarias para su corrección, así como, en su caso, las prestadas por el centro, la duración previsible de la misma y las condiciones que garanticen su prestación.

3º.- Memoria expedida por el centro o reeducador que preste el servicio en la que conste información detallada de las características del mismo, incluyendo número de horas semanales y especialista que lo presta así como del coste mensual. A los efectos de la determinación de la cuantía de la ayuda a conceder, se considerará, como máximo, el coste devengado durante los 10 meses del curso escolar.

4º.- Declaración responsable de la persona que imparta la reeducación pedagógica o del lenguaje de que reúne los requisitos de formación exigidos en el apartado 1 del artículo 6 del Real Decreto 476/2013, de 21 de junio, por el que se regulan las condiciones de cualificación y formación que deben poseer los maestros de los centros privados de educación infantil y de educación primaria o que se encuentra en posesión de alguno de los requisitos establecidos en las letras a) o b) del apartado 2 del citado artículo. A estos exclusivos efectos, se considerarán asimilados a los anteriores, los titulados en Psicología que acrediten experiencia profesional en reeducación pedagógica o del lenguaje para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo.

Más información:

Resolución